
Supertransporte ordena liquidación de la Sociedad Ruta del Sol
Con el propósito de proteger a terceros de buena fe, brindar seguridad jurídica y aprovechar el patrimonio de la sociedad para el cumplimiento de sus obligaciones y evitar el detrimento de los acreedores, la Superintendencia de Transporte declaró la disolución de la sociedad Concesionaria Ruta del Sol S.A.S. y en consecuencia convoca al proceso de liquidación judicial a la compañía en instancia de la Superintendencia de Sociedades.
La decisión se fundamentó en la imposibilidad de la sociedad para continuar desarrollando su empresa social, la cual está ligada a la suscripción y ejecución del contrato de concesión número 001 de 2010 y; la existencia de presupuestos financieros, jurídicos y administrativos que reportan una situación crítica de la compañía.
En cuanto a la medida relacionada con convocar a la compañía al proceso de liquidación judicial, en instancias jurisdiccionales de la Superintendencia de Sociedades, se justifica debido a que los aspectos de orden financiero, jurídico y administrativo, denotan una situación crítica de la sociedad, lo cual, sumado a la imposibilidad de desarrollar su empresa social, implica que la misma está avocada a extinguirse.
La decisión tiene como propósitos principales brindar seguridad jurídica en el mercado para promover la estabilidad y crecimiento económico, obtener el máximo valor posible de los bienes del deudor a favor de los terceros de buena fe, lograr el tratamiento de manera equitativa a los acreedores, mediante una solución oportuna, eficiente e imparcial de la situación soportada por la compañía, y la preservación del patrimonio para que pueda efectuarse una distribución equitativa entre los acreedores, el reconocimiento de sus derechos y el establecimiento de reglas claras para determinar el grado de prelación de los mismos.
El Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) se encuentran adelantando un proceso de revisión de un posible acuerdo conciliatorio que sea favorable para las finanzas del Estado, en función de la Sentencia de la Corte Constitucional que condicionó la aplicación del artículo 20 de la Ley 1882, priorizando el pago a terceros de buena fe, como lo son las entidades financieras Itaú, Bancolombia, Davivienda, Banco de Occidente, Banco de Bogotá, Banco Popular y Banco AV Villas, en el Contrato de Concesión de la Ruta del Sol, sector 2 por $1,2 billones.
La ministra Ángela María Orozco aclaró que lo que habría que reconocer a los bancos como prestamistas del proyecto sería el monto de capital más los intereses, pero en caso de llegar a un acuerdo conciliatorio entre las dos partes y que se renuncie a los intereses, se pagaría a los bancos la suma de $1,2 billones del Presupuesto General de la Nación.