
Supersalud toma posesión de la EPS Cruz Blanca
Con el fin de salvaguardar la prestación de los servicios de salud, la Superintendencia Nacional de Salud ordenó la toma de posesión de bienes, haberes y negocios de la EPS Cruz Blanca, removió del cargo de gerente de la EPS a Ana Leonor Arroyave y designó como Agente Especial a Felipe Negret Mosquera.
El Agente Especial designado por la Supersalud, en caso de detectar alguna irregularidad o inconsistencia en la información contable relacionada con la gestión de la exrepresentante legal, deberá iniciar las acciones legales respectivas, ante las autoridades competentes.
Con la medida adoptada por la Supersalud, se busca determinar si la EPS, que tiene medida de vigilancia desde el 2012, puede garantizar las condiciones para desarrollar su objeto social, teniendo en cuenta que existe una situación financiera crítica que pone en peligro la protección de los servicios dirigidos a sus 336.000 afiliados en Antioquia, Valle, Cundinamarca y Bogotá.
De acuerdo con el acto administrativo, entre los hallazgos que obligaron a la toma de posesión se encuentran que: la EPS Cruz Blanca permanece en el primer lugar de Ranking de Peticiones, Quejas, Reclamos y Denuncias, entre las 15 EPS del régimen contributivo; no cuenta con activos suficientes para cubrir los pasivos y no presenta evidencias que permitan verificar la garantía en la prestación de los servicios para sus afiliados, entre otros:
El número de PQRD pasó de 10.563 de enero a julio de 2018 a 14.412 en el mismo periodo de 2019, es decir, 3.849 quejas más.
Baja cobertura de red en los tres niveles de complejidad, así como deficiencias en el modelo de atención en salud.
Deficiencias en el suministro de medicamentos.
No cumple con la cobertura para los servicios de baja complejidad de laboratorio clínico y de alta complejidad como oncología pediátrica.
Durante el segundo trimestre de 2019, fue notificada de 741 acciones de tutela por conceptos de salud. La tasa de tutelas por cada 10.000 afiliados viene en aumento, al presentarse una tasa de 5,20 en enero, febrero de 6,04, para el mes de marzo 5,46, en abril de 5,00, en mayo de 8,05 y para junio de 8,50.
Contra la resolución 8129, en la que se adoptó la medida, procede el recurso de reposición ante el despacho del Superintendente Nacional de Salud.