Reglas migratorias para el ingreso de extranjeros que vienen por eventos

Con el fin de que los empresarios conozcan los requisitos y procedimientos necesarios para solicitar ante las autoridades competentes el ingreso de visitantes por motivo de turismo de reuniones, ProColombia y Migración Colombia elaboraron la Guía de Asuntos Migratorios para Asistencia o Participación en Eventos.

Lo primero que debe saber un empresario del sector turismo es que los viajeros de 92 países pueden entrar sin visa a Colombia y pueden permanecer temporalmente en el territorio nacional bajo el Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), que se otorga hasta por 90 días calendario, o el Permiso Temporal de Permanencia (PTP), que es una prórroga del PIP por
máximo otros 90 días.

Estas autorizaciones son expedidas por Migración Colombia para todos los turistas que vienen por motivo de vacaciones (aplica PIP categoría 5) o por reuniones (aplica PIP categoría 6). Se conceden siempre en el puesto de control migratorio una vez se llega al país.

Que Colombia no exija visa a este número de países es una oportunidad para atraer viajeros extranjeros y además favorece la captación de eventos internacionales. Este último es un importante generador de divisas, puesto que quien viaja por este motivo gasta cinco veces más que un turista vacacional.

Otro aspecto que trata la guía es el registro que debe hacerse a través del Sistema de Información para el Reporte de Extranjeros (SIRE) de la llegada de viajeros internacionales, por parte de las universidades, centros de eventos y demás agentes que invitan los extranjeros a asistir o participar en eventos.

Para ampliar esta información los invitamos a descargar la Guía de Asuntos Migratorios para Asistencia o Participación en Eventos

A continuación algunos apartes de las preguntas que resuelve esta publicación:

¿Qué condiciones debe cumplir un extranjero para que se le otorgue el PIP?

Deben cumplir al menos una de las siguientes condiciones:

  • Tener permiso de residencia en un Estado miembro del ?Espacio Schengen? o en los Estados Unidos de América
  • Tener visa Schengen tipo C o D, o visa de los Estados Unidos de América en cualquier categoría distinta a la clase C-1 de tránsito.

¿Qué tipo de permiso se da a quienes asisten a eventos?

Los extranjeros que no requieren visa y que ingresan al país para participar, sin vinculación laboral, en eventos académicos, científicos, artísticos, culturales, deportivos, de capacitación empresarial, contactos o gestiones comerciales o empresariales y cubrimientos periodísticos, debe solicitar un Permiso de Ingreso y Permanencia clase 6 (PIP 6) el cual es otorgado por Migración Colombia.

¿Cuáles son los requisitos para el ingreso?

Todos los pasajeros nacionales o extranjeros que ingresan a territorio colombiano deben presentar pasaporte, visa (cuando se exija), suministrar información sobre el motivo del viaje, permanencia, hospedaje, datos del vuelo en el que arribó y demás información requerida por el funcionario.

Si asiste por eventos se recomienda presentar la carta de invitación o la información relacionada con la organización del evento. Esto facilita el otorgamiento del permiso.

¿Cuánto es el tiempo de permanencia concedido?

Un permiso expedido por Migración Colombia permite permanecer un máximo de 180 días durante el mismo año calendario.