Las Pyme deben registrar bases de datos personales ante la SIC
Las empresas responsables del tratamiento de datos personales deberán reportar y actualizar mensualmente la información contenida en el Registro Nacional de Bases de Datos. No hacerlo puede generar sanciones.
Desde noviembre de 2015 las empresas que tengan la calidad de responsables del tratamiento de datos personales, deben inscribir en el Registro Nacional de Bases de Datos ?RNBD? manejado por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) lo siguiente: Información almacena-da en la base de datos, medidas de seguridad de la información, procedencia de los datos personales, transferencia internacional de datos personales, cesión o transferencia nacional de la base de datos, reporte de novedades y reclamos presentados por los titulares e incidentes de seguridad.
La importancia de este tema radica en la protección que la Ley 1581 de 2012 ha otorgado al derecho al habeas data, y en que el incumplimiento de estas directrices puede generar sanciones consistentes en multas de hasta 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y en la suspensión y/o cierre de las actividades relacionadas con el tratamiento de los datos personales.
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