Gobierno corporativo para las Pyme del sector agro
El gobierno corporativo -entendido como ese conjunto de políticas y normas que de manera voluntaria una empresa decide autoimponerse con el fin de regular las relaciones que se dan entre dueños, administradores de una compañía y órganos de control- en la actualidad es una herramienta clave para la sostenibilidad de las empresas.
Temas relacionados con el funcionamiento de las asambleas de accionistas, el correcto manejo de la información contable y financiera, los procesos de sucesión cuando son empresas de familia, la forma de resolver los conflictos que se puedan presentar dentro de la empresa, entre otros asuntos, son temas tradicionalmente abordados por las compañías respecto de este tema.
No obstante lo anterior, los empresarios pyme del sector agro que no han empezado a trabajar aun en temas de gobierno corporativo, deberían dar el primer paso, abordando al menos estos dos asuntos:
1. Definir su estructura legal para funcionar como una compañía. Muchos empresarios del sector agro que hoy tienen importantes negocios siguen funcionando como personas naturales o como un simple emprendimiento, y esto es viable durante los primeros años de existencia, pero cuando un negocio supera los 5 años de funcionamiento es recomendable definir un tipo de estructura legal que se ajuste a las necesidades del empresario para poder funcionar como una compañía con visión de largo plazo.
El tipo societario legal preferido por las pymes en Colombia es la sociedad anónima simplificada- SAS, modelo que, además de ser muy simple y económico en cuanto a su creación, permite tener a un único dueño como accionista de la sociedad, ayudándoles a los propietarios de un negocio a separar su patrimonio personal del patrimonio de la sociedad, por ende las contingencias de la empresa usualmente se quedan en la empresa. La definición de una estructura legal societaria, si bien trae muchos beneficios, también genera deberes y obligaciones como persona jurídica que es necesario evaluar antes de dar dicho paso.
2. Definir los derechos que se tienen sobre la propiedad de las tierras. Uno de los activos más importantes que tienen los empresarios en el sector agro son las tierras donde explotan su negocio; estas tradicionalmente son de propiedad de la familia de quien las explota o de un tercero, siendo usual tener separada la explotación de las tierras y la propiedad de las mismas.
Esta práctica, que es usual en cualquier tipo de negocio del sector agro, debe contar con unas reglas de funcionamiento claras, documentadas y conocidas por todos los que tienen que ver con este activo. En algunas ocasiones, un dueño de un terrero puede entregarle a un tercero la tenencia y/o explotación de la tierra. Es usual que se hable del contrato de usufructo y con el pasar de los años se presentan conflictos por no tener claras las reglas de funcionamiento. Aspectos como el reparto de utilidades entre quien explota la tierra y quien es el propietario, la fecha máxima de duración del usufructo, manejo de servidumbres, y la forma de suceder el modelo cuando fallecen los titulares originales de estos negocios, son contingencias que pueden ser previsibles y que podrían ser documentadas como parte del gobierno corporativo de una empresa.
Otro aspecto a analizar es el tipo de terreno donde se tiene o se piensa hacer la explotación del negocio, porque puede tener una reserva forestal, tener restricciones legales de explotación o ser susceptible de ser objeto de restitución de tierras, bien sea porque fue objeto de despojo de sus antiguos propietarios o abandonado forzosamente a causa del conflicto armado o que haya sido objeto de compraventa o actos de transferencia por personas que hayan sido extraditadas y condenadas por narcotráfico o delitos conexos, entre otros temas a analizar.
Por: Mauricio Rosillo, Vicepresidente Jurídico Bancolombia