Declaración de renta para personas naturales en el exterior

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- informa a todas las Personas Naturales, nacionales o extranjeras que se encuentran en el exterior, que deben revisar sí les corresponde presentar declaración del Impuesto de Renta y Complementario año gravable 2017.

Si tienen la obligación, deben hacerlo de manera virtual haciendo uso de la firma electrónica en el Formulario 210, si son Residentes y en el Formulario 110, si son No Residentes

Una Persona Natural que reside en el exterior, debe identificar en primera instancia si es Residente Fiscal en Colombia. Se consideran residentes en Colombia para efectos tributarios, las Personas Naturales que cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:

ü  Permanecer continua o discontinuamente en el país por más de 183 días calendario, incluyendo días de entrada y salida del país, durante un período cualquiera de 365 días calendario.

ü  Encontrarse, por su relación con el servicio exterior del Estado colombiano o con personas que se encuentran en el servicio exterior del Estado colombiano, exentos de tributación en el país en el que se encuentran en misión.

No serán residentes fiscales, los nacionales que, a pesar de cumplir con alguno de los requisitos aquí señalados, reúnan una de las siguientes condiciones:

  1. Que el 50% o más de sus ingresos anuales tengan su fuente en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio,
  2. Que el 50% o más de sus activos se encuentren localizados en la jurisdicción en la cual tengan su domicilio.